Antes de volar
Organice un viaje tranquilo, seguro y cómodo gracias a nuestros servicios médicos y de viaje accesibles.
Si necesita ayuda a lo largo de su viaje, nos aseguraremos de que esté seguro y cómodo en todo momento. Háganos saber el tipo de asistencia que necesita en el aeropuerto y durante su vuelo. Puede informarnos cuando haga su reserva o al menos 48 horas antes de viajar. Aquí puede encontrar una lista de nuestros números locales. También puede pedirle a su agente de viajes que se encargue de las gestiones.
Si tiene una discapacidad auditiva y necesita asistencia para viajar, comuníquenoslo al hacer la reserva o póngase en contacto con nosotros unos días antes de volar.
Si vuela desde Estados Unidos o Canadá, puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro número de teléfono de texto (TTY) 1-888-3201576.
Podemos organizar un servicio de asistencia desde el check-in hasta la puerta de embarque, y desde el avión hasta llegar a su transporte en todos los aeropuertos.
Encontrará pantallas que muestran información sobre los vuelos en todo el aeropuerto y en la puerta de embarque. También puede descargar nuestra app de Emirates gratuita para recibir actualizaciones en tiempo real sobre su viaje. Esto incluye los horarios del check-in, los anuncios de embarque, el número de cinta del equipaje en las llegadas a Dubái y cualquier cambio en su vuelo, como retrasos o cancelaciones.
Si nos avisa durante el check-in, podemos indicarle si el vuelo ha sufrido algún retraso o si ha cambiado la puerta de salida. También puede pedir información a cualquier miembro de nuestro equipo en cualquier momento.
Muchas de nuestras películas y programas de televisión tienen subtítulos que muestran los diálogos y las referencias sonoras. Puede utilizar nuestros auriculares con audífonos estándar en la posición T. Si desea planificar su lista de reproducción, puede consultar las películas y programas de televisión con subtítulos para personas con discapacidad auditiva de este mes aquí.
Si necesita asistencia en el aeropuerto y a bordo, comuníquenoslo al hacer la reserva o póngase en contacto con nosotros unos días antes de volar.
Podemos organizar un servicio de asistencia desde el check-in hasta la puerta de embarque o desde el avión hasta llegar a su transporte en todos los aeropuertos.
Se realizan avisos de embarque en el aeropuerto y puede pedir información a cualquier miembro de nuestro equipo en cualquier momento.
Muchas de nuestras películas y programas de televisión cuentan con audiodescripción, que explica lo que ocurre en la escena. Puede consultar las películas y programas de televisión con audiodescripción de este mes aquí.
Su perro guía o perro de servicio puede volar con usted gratuitamente y, en determinadas rutas, puede viajar en la cabina. Debe comunicárnoslo al menos 48 horas antes del vuelo para que podamos encargarnos de los preparativos. Encontrará más información sobre cómo volar con un perro guía más adelante en esta página.
Podemos ayudarle si necesita asistencia en el aeropuerto o para moverse por la cabina del avión. Podrá disponer de una silla de ruedas en cualquier aeropuerto y podemos ayudarle a viajar con su propia silla de ruedas o dispositivo de ayuda a la movilidad. Comuníquenoslo al hacer la reserva o póngase en contacto con nosotros 48 horas antes de su vuelo.
Podemos ofrecerle asistencia desde el punto de entrega en la entrada de la terminal hasta su vuelo, y desde su vuelo hasta el punto de recogida a su llegada.
En la cabina, puede transportar equipos médicos y hasta dos dispositivos de ayuda a la movilidad, como su propia silla de ruedas manual plegable, que no se incluirán en el total de equipaje de mano permitido.
Antes del vuelo, tendremos que comprobar que la silla de ruedas o los dispositivos de ayuda a la movilidad pueden transportarse y guardarse con seguridad en la cabina y que disponemos de espacio suficiente. En caso contrario, podrá facturarlas.
Puede facturar su silla de ruedas o dispositivo de ayuda a la movilidad dependiendo de su tamaño y peso. Deberá estar correctamente embalada para su transporte seguro en la bodega del avión.
Cuando aterrice, le esperaremos con una silla de ruedas. A continuación, podrá recoger su silla de ruedas o dispositivo de ayuda a la movilidad en la sala de entrega de equipajes.
Es necesario respetar las normas de seguridad para transportar ciertas baterías, por lo que tendremos que saber el tipo de batería y el tamaño y el peso de la silla de ruedas antes de su vuelo. Le recomendamos asimismo que llegue al aeropuerto tres horas antes de su vuelo para que dispongamos de un poco más de tiempo y garantizar que su dispositivo de ayuda a la movilidad se transporta de forma segura y cumpliendo la normativa.
Puede transportar a bordo del avión bastones o muletas y nosotros nos aseguraremos de que estén bien guardados.
Puede solicitar subir al avión en primer lugar si desea disponer de más tiempo para instalarse a bordo.
Nuestra tripulación de cabina puede sacar todo lo que necesite de los compartimentos superiores y puede ayudarle a desplazarse por el avión con nuestra silla de ruedas a bordo.
Le ofreceremos un asiento accesible en el pasillo. Nuestros asientos tienen reposabrazos móviles para facilitar el paso del asiento a la silla de ruedas en caso necesario. Por motivos de seguridad, no podemos ofrecerle un asiento en la salida de emergencia.
Nuestra tripulación de cabina puede ayudarle a moverse por el avión, pero no a levantarlo. Si necesita ayuda adicional para sentarse en su silla de ruedas y asistencia para ir al baño, para el cuidado personal, para comer o para la administración de su medicación, tendrá que viajar con un asistente. Encontrará más información sobre volar con un asistente más adelante en esta página.
Póngase en contacto con nosotros para que le podamos informar de cómo podemos ayudarle.
En el aeropuerto, podemos explicarle la señalética y cómo llegar a inmigración, seguridad y la puerta de embarque, además de acompañarle a determinados lugares como zonas tranquilas y salas VIP. También puede solicitar ser una de las primeras personas en subir al avión y disponer así de más tiempo para instalarse en el vuelo.
Por motivos de seguridad, si no puede entender o seguir las instrucciones de seguridad, deberá contar con un acompañante durante el viaje.
Guía de viaje adaptada para personas con autismo
Esta guía de viaje adaptada para personas con autismo le ayudará a planificar su visita al aeropuerto Dubai International. En ella encontrará información sobre los distintos pasos a seguir y sobre cómo puede ayudarle el personal.
Podemos proporcionarle oxígeno terapéutico a bordo de forma gratuita. Deberá rellenar nuestro formulario médico al menos 48 horas antes del vuelo para indicarnos el caudal en litros por minuto que necesita.
Puede viajar con su propio COP siempre que esté aprobado y autorizado para su uso a bordo. No es necesario que rellene nuestro formulario médico.
Los modelos autorizados son:
Asegúrese de tener suficientes baterías para todo el viaje (teniendo en cuenta los tiempos de tránsito y los retrasos inesperados), ya que no podrá conectar el COP al enchufe de su asiento.
Puede facturar otros COP en la bodega siempre que:
En cumplimiento de la normativa de la Autoridad General de Aviación Civil de los EAU (GCAA), deberá mostrar una declaración firmada por su médico durante el check-in el día del viaje.
Puede descargar un modelo de declaración médica para el uso de dispositivos COP aquí.
La carta debe indicar:
Puede viajar con un equipo de presión positiva en las vías respiratorias (PAP) o de presión positiva continua en las vías respiratorias (CPAP) a bordo sin necesidad de rellenar un formulario médico, a menos que necesite más asistencia. No se tendrá en cuenta a la hora de calcular el límite total de equipaje.
Los miembros de nuestra tripulación de cabina están a su disposición para ayudarle a coger objetos de los compartimentos superiores o para ayudarle a moverse por la cabina. Sin embargo, no podrán levantarle, ayudarle con sus cuidados personales ni administrarle sus medicamentos.
Si necesita más ayuda, deberá reservar la tarifa que incluye un asistente o acompañante médico.
Para su comodidad y seguridad, también tendrá que volar con un asistente si:
Por su seguridad, su asistente debe:
Si necesita más asistencia médica o vuela con una enfermedad, rellene nuestro formulario médico al menos 48 horas antes del vuelo.
Su perro de servicio, incluidos los perros guía y de asistencia psiquiátrica, puede viajar con usted de forma gratuita. Dependiendo de la ruta, podrá viajar con usted en la cabina o como equipaje facturado en una zona especial de la bodega del avión. Deberá pasar por un proceso de comprobación y envío de documentación antes de viajar.
Únicamente los perros se consideran animales de servicio. Puede consultar nuestra guía para viajar con otros animales en el vuelo.
Los perros guía, también conocidos como lazarillos, y los perros de apoyo psiquiátrico pueden viajar en cabina en determinadas rutas, siempre que el perro tenga más de 4 meses. El perro debe poder viajar cómodamente sin bloquear los pasillos ni las salidas de emergencia. Por motivos de seguridad, no podemos ofrecerle un asiento en la salida de emergencia.
Los animales de servicio que no sean perros guía o de apoyo psiquiátrico pueden viajar como equipaje facturado en la bodega del avión.
Los animales de apoyo emocional o de terapia no se consideran animales de servicio y se aceptarán como mascotas normales. Pueden viajar como equipaje facturado ateniéndose a la normativa del país desde y hacia el que viaje. Se aplicarán los cargos por exceso de equipaje especificados en nuestra normativa de equipaje.
Nuestro equipo de atención animal de primera categoría de Emirates Skycargo garantizará que su perro de servicio o perro guía esté seguro y cómodo.
Ruta | Restricción |
---|---|
Hacia o desde Estados Unidos y Canadá | Los perros guía y los perros de apoyo psiquiátrico pueden aceptarse en cabina, o bien como equipaje facturado o carga manifiesta (Consulte la información de viaje hacia y desde los siguientes países) |
Entre Australia y Nueva Zelanda | Los perros guía y los perros de apoyo psiquiátrico pueden aceptarse en cabina, o bien como equipaje facturado o carga manifiesta |
Entre países de la UE y Estados Unidos | Los perros guía y los perros de apoyo psiquiátrico pueden aceptarse en cabina, o bien como equipaje facturado o carga manifiesta |
De Dubái a países de la UE | Los perros guía y los perros de apoyo psiquiátrico pueden aceptarse en cabina, o bien como equipaje facturado o carga manifiesta |
De países de la UE a Dubái | Se permiten únicamente como equipaje facturado o carga manifiesta |
De países de la UE a otros países | Los perros guía y los perros de apoyo psiquiátrico pueden aceptarse en cabina, o bien como equipaje facturado o carga manifiesta |
De otros países a Dubái | Se pueden transportar únicamente como equipaje facturado o carga manifiesta |
De Dubái a otros países | Se pueden transportar únicamente como equipaje facturado o carga manifiesta |
Avísenos con al menos 48 horas de antelación si tiene previsto volar con su perro de servicio. Su perro guía o de servicio debe contar con todos los controles y permisos sanitarios necesarios antes de viajar, que pueden variar de un país a otro, lo que puede llevar algo más de tiempo. Póngase en contacto con nosotros y le explicaremos los trámites.
Su perro de servicio debe tener más de 4 meses para viajar en la cabina del avión.
Cuando los perros de servicio se transportan como equipaje facturado, el tiempo de conexión del vuelo (tiempo de tránsito) no debe superar las 6 horas.
No está permitido transportar animales de servicio como equipaje facturado o en cabina si el tiempo total del viaje supera las 17 horas. Este tiempo incluye desde el momento del check-in en el aeropuerto (que se considera aproximadamente una hora antes de la salida programada), hasta la entrega del animal en la sala de aduanas de llegadas en el destino final. Si la duración del viaje es superior a 17 horas, el animal de servicio solo podrá transportarse como carga en una carta de porte aéreo.
El perro de servicio debe estar adiestrado y obedecer las órdenes, asimismo deberá comportarse adecuadamente en un espacio público (no debe ladrar, gruñir, intentar morder, saltar ni encaramarse a personas u otros animales de servicio). El perro no debe hacer sus necesidades en la cabina ni en la puerta de embarque, a menos que exista un lugar adecuado para tal fin, para evitar riesgos para la salud o problemas de higiene.
Si su perro no se comporta de forma adecuada, podríamos tener que trasladarlo a la bodega de carga con un coste adicional o negarnos a transportar al animal. Los pasajeros son responsables de cualquier daño y coste adicional derivados del transporte del perro.
El perro debe permanecer sujeto por el viajero con arnés, correa o cualquier otro tipo de atadura en todas las zonas del aeropuerto y a bordo del avión.
Un perro de servicio no debe ocupar un asiento. Un perro de servicio debe tener un tamaño que quepa a sus pies. Si el perro es demasiado grande para caber delante de un asiento, puede adquirir un segundo asiento a su lado. Si tiene un perro de servicio grande y adiestrado o varios perros de servicio adiestrados que no caben en un solo asiento, puede reservar o pagar otro asiento más a su lado en caso de que el perro de servicio invada el espacio de otro pasajero u obstruya los pasillos.
Si viaja con un animal de servicio en un vuelo de Emirates a Estados Unidos, deberá cumplir tanto la normativa del Departamento de Transporte de Estados Unidos como la de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC). Si viaja desde Estados Unidos, tendrá que cumplir la normativa del Departamento de Transporte estadounidense.
Deberá cumplimentar un formulario para el transporte aéreo de animales de servicio del Departamento de Transporte de Estados Unidos(Abre un PDF en una pestaña nueva) antes de viajar para acreditar la salud, el adiestramiento y el comportamiento del animal. Además, si su vuelo es de más de 8 horas, también deberá presentar un formulario de declaración de ayuda para animales de servicio del Departamento de Transporte de Estados Unidos(Abre un PDF en una pestaña nueva) que certifique que el perro no se hará sus necesidades en el avión o que puede hacerlo de forma higiénica. Una vez que haya descargado y rellenado los formularios, envíelos por aquí a nuestro equipo de atención especial(Abre la página en la misma pestaña). Tras revisarlos, se pondrá en contacto con usted para confirmarle que puede viajar.
El 1 de agosto de 2024 entra en vigor la nueva normativa de los CDC para entrar con perros en Estados Unidos. Esta normativa incluye:
Los responsables de resolución de quejas (RRQ) le ayudarán con cualquier pregunta, problema o duda sobre los servicios de accesibilidad y la normativa sobre discapacidad durante su viaje hacia o desde Estados Unidos.
Contamos con RRQ en todos los aeropuertos con rutas con origen o destino en aeropuertos de EE. UU. Nuestros RRQ le atenderán en persona o por teléfono durante el horario de atención.
Si tiene alguna pregunta o duda sobre nuestros servicios, solicite hablar con un RRQ. Si su queja no se resuelve satisfactoriamente con un RRQ, puede remitirla al Departamento de Transporte de EE. UU. (Abre un sitio web externo en una pestaña nueva) a través de cualquiera de los siguientes medios de contacto:
Línea directa para asuntos relacionados con la accesibilidad de la División de Protección del Consumidor de Aviación (gratuita)
Si el RRQ no puede resolver sus dudas tal y como a usted le gustaría:
+1-800-778-4838 (voz) (solo EE. UU.)
+1-800-455-9880 (teletipo) (solo EE. UU.)
División de Protección al Consumidor de Aviación
Si tiene un problema con nuestro servicio:
202-366-2220 (voz)
202-366-0511 (TTY)
Escriba a:
Air Consumer Protection Division, C-75
US Department of Transportation,
1200 New Jersey Avenue, SE.,
West Building, Room W96-432,
Washington, DC 20590
La normativa del Departamento de Transporte de EE. UU. sobre la no discriminación en vuelos basada en la discapacidad se aplica a los vuelos desde y hacia EE. UU.
Encontrará una copia de la normativa en formato accesible en el sitio web del Departamento de Transporte de EE. UU. (Abre un sitio web externo en una pestaña nueva). También puede solicitar una copia de la normativa a través de la información de contacto indicada anteriormente.
Declaración de derechos de pasajeros con discapacidad para aerolíneas de EE. UU.
La Declaración de derechos de pasajeros con discapacidad (Abre la página en la misma pestaña) establece los derechos fundamentales de los viajeros aéreos con discapacidad en virtud de la Ley de acceso a aerolíneas y su normativa de aplicación del Código de Reglamentos Federales (CFR), artículo 14, párrafo 382.