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ANTES DE VOLAR

Política de mercancías peligrosas

Las mercancías, los artículos y las sustancias peligrosas pueden poner en peligro el avión y las personas a bordo del mismo. Es importante que lea la Política de mercancías peligrosas antes de hacer la maleta para que sepa qué debe evitar llevar consigo a bordo.

Además de la normativa sobre aceptación de los EAU que se indica a continuación, la aceptación de determinados artículos, incluidos el alcohol, los cigarrillos y los cigarrillos electrónicos, los perfumes, los productos electrónicos, los medicamentos y otras sustancias, ya sea en cabina o en el equipaje facturado, estarán sujetos a la normativa aduanera específica y a los controles de seguridad de los aeropuertos de su país de salida o de llegada.

Artículos prohibidos

Se definen como artículos prohibidos aquellos artículos o sustancias que pueden suponer un riesgo para la salud y la seguridad de los pasajeros o que pueden causar daños al avión. No puede transportar estos artículos a bordo. En las tablas que se muestran a continuación encontrará todos los artículos prohibidos. Consulte también los Artículos prohibidos según la normativa europea de seguridad aérea. Los Gobiernos locales pueden aplicar otras restricciones. Compruebe con las autoridades del país de salida y de destino.

Emirates prohíbe el transporte de cualquier patinete eléctrico (incluso aunque se haya retirado la batería de litio del mismo) como equipaje facturado o de mano.

Sustancias prohibidas en los EAU

Los Emiratos Árabes Unidos (EAU) poseen una política contra las drogas de tolerancia cero muy estricta. En todos los aeropuertos de los EAU se realizan controles exhaustivos mediante el uso de equipos de alta sensibilidad. La posesión de cualquier cantidad de drogas ilegales por parte de los viajeros que entren o transiten por los EAU se penalizará.

Llevar medicamentos a los EAU

Si lleva medicamentos controlados a los EAU debe solicitar su aprobación a través del sitio web del Ministerio de Salud (MoH).

Consulte a su médico si el medicamento recetado está controlado o no. También debe contar con la receta en la que aparezca la cantidad de medicamento (máximo tres meses de suministro) que llevará a los EAU.

Todos los demás medicamentos (recetas de medicamentos no controlados y medicamentos sin receta) no necesitan la aprobación previa del MoH.

Si desea obtener más información, visite el sitio web del Ministerio de Salud y Prevención(se abrirá un sitio web externo en una nueva pestaña).

Antes de dirigirse al aeropuerto:

Se recomienda especialmente a los viajeros con destino a los EAU que comprueben con qué medicamentos pueden o no entrar en el país.

Si piensa llevar medicamentos u otras sustancias a los EAU, contacte con la embajada o el consulado de los Emiratos Árabes Unidos en su país para recibir asesoramiento.

Lista de consulados de los Emiratos Árabes Unidos(Abre un sitio web externo en una pestaña nueva)

Artículos prohibidos según la normativa europea de seguridad aérea

Pasajeros y equipaje de mano - Lista de artículos prohibidos

Sin perjuicio de las normas de seguridad aplicables, los pasajeros no podrán introducir los siguientes artículos en las zonas restringidas de seguridad ni a bordo de un avión:

(a) armas de fuego y otros dispositivos que disparen proyectiles: dispositivos que sean, o que puedan ser, utilizados para provocar lesiones graves al disparar un proyectil, entre los que se incluyen:

  • armas de fuego de todo tipo, como pistolas, revólveres, rifles, escopetas,
  • pistolas de juguete y réplicas que puedan confundirse con armas reales o con las piezas que las integran (no se incluyen las miras telescópicas),
  • armas de aire comprimido y CO2, como pistolas, escopetas de perdigones, rifles y escopetas de balines,
  • pistolas de bengalas y pistolas de fogueo,
  • arcos, ballestas y flechas,
  • fusiles y arpones de pesca submarina,
  • tirachinas y hondas;

(b) dispositivos de aturdimiento: dispositivos diseñados específicamente para aturdir o inmovilizar, entre los que se incluyen:

  • dispositivos para provocar descargas, como pistolas paralizantes, pistolas Taser y porras paralizantes,
  • aturdidores para animales y pistolas de matarife,
  • productos químicos, gases y nebulizadores neutralizadores o incapacitantes, tales como macis, rociadores de sustancias picantes, aerosoles de pimienta, gases lacrimógenos, rociadores de ácido y aerosoles repelentes de animales;

(c) objetos de punta afilada o borde cortante: objetos de punta afilada o borde cortante que puedan utilizarse para causar lesiones graves, entre los que se incluyen:

  • artículos concebidos para cortar, como hachas y machetes,
  • piolets y picahielos,
  • cuchillas de afeitar,
  • cúteres,
  • cuchillos cuyas hojas superen los 6 cm,
  • tijeras cuyas hojas superen los 6 cm medidos a partir del fulcro,
  • equipos de artes marciales punzantes o cortantes,
  • espadas y sables;

(d) herramientas de trabajo: herramientas que puedan utilizarse para provocar heridas graves o para amenazar la seguridad del avión, entre las que se incluyen:

  • palancas,
  • taladros y brocas, incluidos taladros eléctricos portátiles sin cable,
  • herramientas dotadas de una hoja o eje de más de 6 cm de longitud que puedan ser usadas como arma, tales como los destornilladores y formones o cinceles,
  • sierras, incluidas sierras eléctricas portátiles sin cable,
  • sopletes,
  • pistolas de proyectil fijo y pistolas de clavos;

(e) instrumentos contundentes: objetos que pueden utilizarse para provocar lesiones graves cuando se usen para golpear, entre los que se incluyen:

  • bates de béisbol y sóftbol,
  • porras y cachiporras,
  • equipos para artes marciales;

(f) sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios: sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios que sean, o puedan ser, utilizados para provocar daños graves o supongan una amenaza para la seguridad de los aviones, entre los que se incluyen:

  • munición,
  • fulminantes,
  • detonadores y espoletas, 
  • reproducciones o imitaciones de dispositivos explosivos,
  • minas, granadas y otros pertrechos explosivos de uso militar,
  • fuego artificiales y otros artículos pirotécnicos,
  • botes y cartuchos generadores de humo,
  • dinamita, pólvora y explosivos plásticos.

Equipaje de bodega - Lista de artículos prohibidos

Los pasajeros no pueden llevar los siguientes artículos en su equipaje de bodega:

sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios: sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios que puedan utilizarse para provocar daños graves o supongan una amenaza para la seguridad de los aviones, entre los que se incluyen:

  • munición,
  • fulminantes,
  • detonadores y espoletas,
  • minas, granadas y otros pertrechos explosivos de uso militar,
  • fuego artificiales y otros artículos pirotécnicos,
  • botes y cartuchos generadores de humo,
  • dinamita, pólvora y explosivos plásticos.

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