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Normativa para la protección de los pasajeros aéreos de Canadá

Aviso sobre denegación de embarque

Este aviso contiene información importante acerca de sus derechos en caso de denegación de embarque en virtud de la normativa para la protección de los pasajeros aéreos de Canadá, SOR/2019-150 (la «normativa»). Si viaja en un vuelo operado por Emirates con destino u origen en Canadá, puede acogerse a dicha normativa.

  1. Voluntarios

    En circunstancias excepcionales, puede no haber suficiente espacio disponible en un vuelo para todos los pasajeros con reservas confirmadas. Si tal situación se diera en su vuelo, en primer lugar, buscaremos voluntarios que cedan su asiento confirmado a cambio de un bono de compensación y un asiento confirmado en un vuelo posterior.


  2. Prioridad de embarque

    Si no hubiese suficientes voluntarios, podríamos denegarle el embarque a algunos pasajeros con reserva confirmada de acuerdo con las normas establecidas en la normativa y las políticas expuestas en nuestros términos y condiciones de transporte.

     

  3. Alternativas de viaje y reembolsos

    3.1 Situaciones dentro de nuestro control, incluidas las necesarias por motivos de seguridad

    Si se le deniega el embarque de forma involuntaria por motivos dentro de nuestro control, incluidos aquellos necesarios por seguridad, nos comprometemos a:

    1. facilitarle una reserva en el siguiente vuelo disponible (operado por Emirates o una aerolínea con la que tengamos un acuerdo) en cualquier ruta razonable a su destino que salga en un periodo de nueve (9) horas a partir de la hora de salida del vuelo original; o
    2. si no es posible, facilitarle una reserva en un vuelo (operado por Emirates u otra aerolínea) en cualquier ruta razonable a su destino que salga en un periodo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la hora de salida del vuelo original; o
    3. si no podemos proporcionarle una reserva confirmada de acuerdo con lo expuesto anteriormente, le facilitaremos una reserva en un vuelo (operado por Emirates u otra aerolínea) en cualquier ruta razonable a su destino desde cualquier otro aeropuerto situado a una distancia razonable del aeropuerto de salida. En tal caso, le facilitaremos el transporte hasta el nuevo aeropuerto de salida.

    Si rechaza las alternativas de viaje que le ofrecemos, nos comprometemos a: (i) reembolsarle el importe del billete y trasladarle a su punto de origen si ya no se encuentra en el punto de origen que se indica en su billete original y su viaje no sirve a sus fines a consecuencia del retraso o cancelación y (ii) en cualquier otro caso, a reembolsarle la parte no utilizada de su billete. Puede solicitar el reembolso a través de nuestro formulario online de solicitud de reembolso.

    3.2 Situaciones fuera de nuestro control*

    Si se le deniega el embarque de forma involuntaria por motivos fuera de nuestro control*, nos comprometemos a:

    1. facilitarle una reserva en el siguiente vuelo disponible (operado por Emirates o una aerolínea con la que tengamos un acuerdo) en cualquier ruta razonable a su destino que salga en un periodo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la hora de salida del vuelo original; o
    2. Si no es posible, a su elección, nos comprometemos a:
      1. facilitarle una reserva en el siguiente vuelo disponible (operado por Emirates u otra aerolínea) en cualquier ruta razonable a su destino o, de forma alternativa, ofrecerle una nueva ruta a su destino que salga desde otro aeropuerto situado a una distancia razonable del aeropuerto de salida. En tal caso, le facilitaremos el transporte hasta el nuevo aeropuerto de salida; o
      2. le reembolsaremos la parte no utilizada de su billete.

  4. Asistencia

    Si se le deniega el embarque de forma involuntaria por motivos dentro de nuestro control, incluidos aquellos necesarios por seguridad, nos comprometemos a proporcionarle:

    1. comidas y refrigerios en función del tiempo de espera y la hora del día;
    2. acceso a un modo de comunicación, cuando sea posible; y
    3. alojamiento nocturno y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el alojamiento, sujeto a disponibilidad y siempre que se encuentre a una distancia razonable del aeropuerto.

    Tenga en cuenta que podríamos limitar o denegar la asistencia descrita anteriormente si retrasase aún más su viaje.


  5. Indemnización

    Si se le ha denegado el embarque de forma involuntaria por motivos dentro de nuestro control (a excepción de aquellos necesarios por seguridad), tendrá derecho, de acuerdo con nuestros términos y condiciones de transporte, a elegir entre un bono de compensación y una indemnización económica.

    La indemnización económica se basa en la hora de llegada a su destino final tal y como sigue:

    Retraso total en el destino final indicado en el billete originalCantidad (CAD)
    Retraso de menos de seis (6) horas900 CAD
    Retraso de seis (6) horas o más, pero menos de (9) horas1.800 CAD
    Retraso de nueve (9) horas o más2.400 CAD

    Tenga en cuenta que no tendrá derecho a indemnización si ya la ha recibido por el mismo evento en el marco de otro régimen de derechos de pasajeros.


Preguntas y quejas

Si tiene alguna pregunta acerca de los derechos previstos en la normativa para la protección de los pasajeros aéreos de Canadá o desea solicitar una indemnización, póngase en contacto en primer lugar con nuestro departamento de atención al cliente directamente a través del formulario de comentarios o quejas.

Si lo desea, también puede ponerse en contacto con la Agencia Canadiense de Transporte. Si desea más información, visite el sitio web de la Agencia Canadiense de Transporte(Abre un sitio web externo en una pestaña nueva).

Si desea conocer los términos y condiciones íntegros que se aplican al transporte desde y hacia Canadá, consulte nuestra política de transporte.

*De acuerdo con la normativa, las situaciones fuera del control del transportista incluyen, entre otras: guerra o inestabilidad política, actos ilegales de sabotaje, condiciones meteorológicas o desastres naturales que impidan el pilotaje seguro del avión, instrucciones de los controladores de tráfico aéreo, un NOTAM o aviso para aviadores tal y como se define en el subapartado 101.01(1) de la normativa de aviación canadiense, amenazas a la seguridad, problemas relacionados con el funcionamiento de los aeropuertos, urgencia médica, colisión con fauna, conflictos laborales con el transportista o en el seno de un proveedor de servicios esenciales, como proveedores de servicios aeroportuarios o de navegación aérea, defecto de fabricación en un avión que reduzca la seguridad de los pasajeros identificado por el fabricante del avión en cuestión o por una autoridad competente, y órdenes o instrucciones del funcionariado de un país, una agencia del orden público o personas responsables de la seguridad aeroportuaria.